Brokering AbogadosAbogadosAbogados ChileBrokering Law office

Derecho medioambiental chileno

Nuevo Plan de Prevención y descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA)

Descontaminación atmosférica: Finalmente, el 24 de noviembre de 2017 salió publicado en el Diario Oficial el DS N° 31 del Ministerio del Medio Ambiente, que contiene el nuevo plan de prevención y descontaminación para la Región Metropolitana. Este decreto pasa a reemplazar el DS N° 66 del año 2009.

Este nuevo plan de descontaminación trae varias novedades.

1.- Combustibles en el nuevo plan de descontaminación

Se establecen nuevos requisitos de calidad para los combustibles que se expendan en la Región Metropolitana y por primera vez se le exige requisitos de calidad al gas licuado que se expenda en esta región. Las empresas distribuidoras son las obligadas de asegurarse que se cumplan los requisitos de calidad.

La bencina con plomo ya no se podrá vender y estará prohibido adicionar compuestos fosforados a la gasolina.

Los estanques de gasolina de más de 100 m3 deberán tener techo flotante y sistema de captura de vapores y la autoridad llevará un registro de recuperación de emisiones por este concepto.

2.- Vehículos y la descontaminación

Se pretende incentivar el uso de vehículos de cero y baja emisión, para lo cual el Ministerio de Hacienda deberá desarrollar una estrategia para lograr este objetivo y un porcentaje de los cupos para los nuevos taxis deberá ser para vehículos propulsados exclusivamente por electricidad.

Por otra parte, ya no se podrá dejar el motor encendido de los vehículos comerciales por más de 5 minutos y debiera salir un nuevo sistema de “sello verde” para los vehículos.

2.1- Emisiones en el nuevo plan de descontaminación

Los nuevos límites de emisión para los vehículos se establecen según la cilindrada del vehículo, según si tiene o no sello verde y en el caso de estos últimos, si son o no anteriores a 1999. Hay límites para emisiones según el vehículo esté en modo de altas o bajas revoluciones.

2.2. Restricción vehicular

La temida restricción vehicular a los vehículos particulares con Sello Verde, es decir, con convertidor catalítico, finalmente sólo se aplicará a los vehículos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011.

2.3. – Maquinaria móvil fuera de ruta

Las grúas horquillas y equipos similares nuevos que se usen al interior de las industrias deberán cumplir con normas de emisión. A contar del año 2020 el Minvu y el MOP exigirán para sus proyectos que los contratistas que se adjudiquen las obras de construcción usen vehículos con filtros de partículas cerrados.

3.- Fuentes Fijas

Los mayores cambios respecto al plan de descontaminación anterior no son sólo los límites permitidos de emisión de los diversos contaminantes, sino que la cantidad de contaminantes que se permite emitir y los plazos que se den para cumplir cada uno de los límites depende si se trata de procesos o calderas y los MWt de las fuentes fijas. Así para las fuentes de menor tamaño los límites son menos exigentes y a las fuentes más grandes se les da más tiempo para lograr las metas más estrictas que se les exige a ellas. Por otra parte, las fuentes que no son procesos ni calderas tienen que medir sus emisiones con cierta frecuencia, la que dependerá del caudal de la fuente. Las fuentes con mayor caudal deberán medirse a lo menos una vez al año y las otras fuentes cada 3 años.

Con el objeto de fomentar los sistemas de cogeneración se les permite a las calderas existentes que no superen los 20 MWt no tener que ajustarse a límites más estrictos de emisión, siempre y cuando se trate de sistemas eficientes cuyo nivel de eficiencia térmica global sea igual o mayor a 80%.

Las calderas con potencia menor a 300 kWt están exentas de medir sus emisiones y basta con que presenten por una única vez un certificado de origen del fabricante.

Se deberá declarar por una vez ante la Superintendencia del Medio Ambiente cuál es el tipo de combustible que usa cada una de las fuentes y se deberá informar cada vez que se cambie de tipo de combustible.
Las calderas y procesos de combustión de potencia entre 20 MWt y 10 MWt deberán tener instrumentación que les permita determinar el consumo de combustible, caudal y horas de operación, de modo de poder determinar en forma indirecta sus emisiones. Las calderas y procesos de combustión con una potencia de 20 MWt y más deberán implementar un sistema de monitoreo continuo.

3.1 Calefactores a leña

En la Región Metropolitana sólo se podrá vender leña seca y estará prohibido quemar cualquier tipo de residuo en los calefactores. Además, estarán prohibidos salamandras, braseros, chimeneas en el hogar y otros artilugios similares.

En ciudad de Santiago sólo estará permitido el uso de pellet como calefacción y no se podrá usar madera con este objeto.

El Ministerio del Medio Ambiente realizará un catastro de las parrillas, hornos de barro y carros ambulantes que usen leña o carbón para poder determinar el aporte de las emisiones a la contaminación.

3.2 Grupos electrógenos

El decreto establece normas de emisión para los grupos electrógenos nuevos que se comercialicen a contar del año 2020.

A los equipos nuevos y existentes de más de 50 kW y que usen combustible líquido se les exige remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe acerca de sus mantenciones.

4.- Compensación de emisiones

Para determinar quienes deben compensar emisiones se define el término de “gran establecimiento” como la agrupación de establecimientos industriales emplazados en la zona sujeta al Plan, bajo la propiedad de un mismo titular y/o que están próximas entre sí y que por razones técnicas están bajo un control operacional único o coordinado, que al sumar las emisiones por contaminante se superen uno o más valores establecidos por el decreto por contaminante. Los grandes establecimientos que superen esos valores deberán reducir sus emisiones a lo menos en un 30%, para lo cual deberán presentar ante la respectiva Seremi del Medio Ambiente un plan de reducción que deberá ser aprobado por esta última. El decreto establece todos los contenidos que se deberá considerar para hacer estos planes.

Una de las opciones permitidas de compensación será el recambio y chatarrización de calefactores y cocinas a leña o carbón.

Por otra parte, las industrias de crianza de porcinas y aves deberán disminuir sus emisiones de amoniaco (NH3)

5.- Corredores verdes y ciclovías

El nuevo plan de descontaminación espera plantar 100 nuevas hectáreas de áreas verdes, potenciando los corredores verdes, y crear 300 kilómetros nuevos de ciclovías y 3.000 bici estacionamientos públicos.

El Ministerio encargará un estudio de viviendas de baja demanda térmica para que el Minvu pueda usar esta información para la construcción de las nuevas viviendas sociales.

La Municipalidad de Santiago quiere crear una zona verde para el transporte en la comuna con un sistema similar al que existe en Londres para así lograr reducción de los gases invernaderos como una acción NAMA.

Última modificación: 18/02/2020

Pymes chilenas

Derecho medioambiental chileno

Derecho comercial internacional

Derecho laboral

Salud y seguridad ocupacional

Compliance