Derecho medioambiental chileno
La ley 21.250 sobre prohibición de armas químicas, hoy más actual que nunca
El 17 de agosto de 2020 se publicó la ley 21.250 para implementar los tratados firmados por Chile. Correspondientes a la Convención sobre Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas y Tóxicas y su destrucción (CABT) y la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (CAQ). Esta última Convención tiene 3 listas de sustancias químicas, dependiendo de su peligrosidad, siendo las que se encuentran en la lista 1 las más peligrosas. Los únicos 3 países que no son parte de esta Convención son Egipto, Corea del Norte y Sudán del Sur.

A raíz de la CAQ se creó la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) con sede en la Haya, Países Bajos, que recibió el Premio Nobel de la Paz el año 2013 por sus esfuerzos por eliminar las armas químicas. La OPAQ ha participado dentro de otras acciones, en la investigación del uso de armas químicas en Siria.
En noviembre de 2019, durante la 24 conferencia de la OPAQ. se aprobó un nuevo listado de sustancias prohibidas donde se prohibió el uso de novichok, a raíz de los incidentes en Inglaterra en 2018. En la localidad de Salisbury un disidente soviético, su hija y un policía resultaron intoxicados con novichok y posteriormente 2 personas fueron intoxicadas por la misma sustancia en Amesbury, falleciendo una de éstas.
Hace unos días atrás el opositor a Putin, Alexei Navalny, fue envenado y posteriormente cuando fue llevado de urgencia a Alemania se detectó que había sido envenado con Novichok.
Qué trae la ley chilena
La ley 21.250 no sólo trae la obvia prohibición de fabricación, uso y almacenamiento de armas químicas, sino que establece la obligación de registro de aquellas empresas que usen, fabriquen o almacenen sustancias que son precursoras de las armas químicas y sirven para su fabricación, que son llamadas de doble uso, como el Tiodiglicol que se usa en tintas y solventes, los fosfonatos que se usan como retardantes de llamas, la Tietranolamina que se usa en la producción de cemento, cosméticos y perfumes y la Cloropicrina que se usa como fungicida en el agro. Estas empresas deberán solicitar licencias y autorizaciones a las autoridades chilenas para poder desarrollar las actividades relacionadas con estas sustancias, pudiendo incluso estar sujetas al pago de tasas. Para obtener estas autorización deberán tener implementados sistemas que les permitan controlar las pérdidas, robos o sustracciones de estas sustancias y dar aviso de inmediato a las autoridades de cualquier situación sospechosa. Además, deberán permitir que la autoridad ingrese a las instalaciones a verificar el correcto uso de las sustancias y entregar toda la información relacionada sobre éstas.
Las personas que usen, fabriquen o transfieran estas sustancias sin la correspondiente licencia o autorización estarán cometiendo un delito y la gravedad de la pena dependerá de en cuál de las 3 listas de la CAQ se encuentran las sustancias en cuestión.
Para regular este tema, la autoridad deberá dictar el correspondiente Reglamento y las empresas tendrán un plazo de 120 días para pedir la licencia o autorización desde que se publique el Reglamento en el Diario Oficial.
En todo caso, la ley no entrará en vigencia hasta el 17 de febrero de 2021.
Última modificación: 29/11/2021